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SEGUNDA CONVOCATORIA

Se convoca por segunda ocasión a profesionales, sociedades civiles o de hecho y compañías legalmente constituidas en el Ecuador, a participar en el proceso de selección para la contratación de profesionales externos que se encarguen de las transferencias de dominio, catastro y demás actividades tendientes a obtener la inscripción en el Registro de la Propiedad, de los bienes inmuebles que conforman el patrimonio autónomo del “PRIMER FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DE LOS ACTIVOS, PASIVOS, PATRIMONIO Y OTRAS OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO LIQUIDADAS”, detallados en el ANEXO de la presente  convocatoria .

En el texto de la oferta el participante deberá señalar que tiene una vigencia de 60 días a partir de su recepción o hasta que se firme el correspondiente contrato en el caso de que sea adjudicado.

Los pagos por concepto de honorarios  se realizarán  una vez obtenida la inscripción de los bienes inmuebles en el  Registro de la Propiedad.  Todos los gastos que demande el cumplimiento del objeto de la contratación se deberán contemplar dentro de la propuesta de honorarios.

Forma parte integrante de la presente convocatoria la Resolución Nro. CONAFIPS-DG-0021-2020, la cual describe los requisitos relativos a la contratación y presentación de ofertas.

Las postulaciones se recibirán hasta las 17h00 del 20 de noviembre de 2020, para lo cual se deberá  llenar el formulario electrónico y remitirlo  firmado electrónicamente  junto con el expediente de postulación al correo  fideicomisos.conafips@finanzaspopulares.gob.ec

El expediente de postulación deberá contener escaneada la documentación establecida en los Requisitos Generales Exigibles, de la Resolución No. CONAFIPS-DG-0021-2020.

Todos los documentos deberán ser legibles, presentados de forma clara, completa, sin enmiendas, borrones o entrelineados. Sin embargo, de haberse producido, deberán ser salvados por quien emitió el documento, bajo su firma de responsabilidad, al final de la página que los contenga. El expediente de postulación deberá contener su correspondiente índice.

Todos los documentos que conforman el expediente de postulación deberán estar foliados y rubricados por el postulante (persona natural, el representante legal o apoderado en el caso de las personas jurídicas; el responsable o líder de equipo para el caso de sociedades civiles o de hecho) y una vez que haya completado toda la documentación del expediente, deberá llenar el formulario de postulación y firmarlo electrónicamente, para finalmente remitir tanto el formulario como el expediente de postulación al correo electrónico antes señalado.

 

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